26 de diciembre de 2012

La moción de IU Samartín sobre la paga extra es rechazada en el Pleno




El PP con su voto en contra y el PSOE con su abstención rechazan la propuesta de IU para superar la pérdida de la paga extra de los empleados públicos.










El Grupo Municipal de IU del Ayuntamiento de Samartín del Rei Aureliu, a través de su portavoz, al amparo de lo dispuesto en el Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las Entidades locales, presenta para su debate en el Pleno la siguiente Moción:


MOCIÓN PLANTEAMIENTO-ALTERNATIVA A LA SUPRESIÓN DE LA PAGA EXTRA DE DICIEMBRE DE LOS EMPLEADOS PÚBLICOS

 
EXPOSICION DE MOTIVOS

En el Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, (BOE, núm. 168 de 14 de julio de 2012), el Gobierno adopta una serie de medidas para la contención del gasto en personal en base al Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público, estableciendo entre otras medidas:
·         Que en el 2012, las retribuciones del personal al servicio del sector público no podrán experimentar ningún incremento respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2011.
·         Que no se procederá a la incorporación de nuevo personal, salvo que pueda derivarse de la ejecución de procesos selectivos correspondientes a Ofertas de Empleo Público de ejercicios anteriores.
·         Fija la jornada de trabajo del sector público en treinta y siete horas y media semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual.
·          En 2012 los empleados públicos verán reducidas sus retribuciones en las cuantías que corresponda a percibir en el mes de diciembre la paga extraordinaria de dicho mes.
·         Además, en lo que en la práctica supone todo un ejercicio de incautación, las cantidades derivadas de la supresión de la paga extraordinaria y de las pagas adicionales de complemento específico o pagas adicionales equivalentes también afectadas, se destinarán “en ejercicios futuros” a realizar aportaciones a planes de pensiones o contratos de seguro colectivo que incluyan la cobertura de la contingencia de jubilación.
Todo ello dictado al amparo de lo dispuesto en los artículos 149.1.13.ª y 156.1 de la Constitución Española e inspirada en el artículo 135 que fue modificado por PSOE y PP el verano de 2011 con nocturnidad en favor de bancos y mercados, en detrimento de los ciudadanos recortando el estado del bienestar, anteponiendo de forma radical en su formulación el control del déficit y endeudamiento a cualquier otro principio, sin ser todas estas medidas objeto de una negociación real en  la Mesa General de Negociación de las Administraciones Públicas y en la Mesa General de Negociación de la Administración General del Estado con los agentes sociales.


Estas medidas a juicio de IU y del sentir mayoritario de la sociedad solo empeoran las cosas. Profundizan la crisis, suponiendo más que una medida de ahorro, un obstáculo para la dinamización económica y generan más paro.
Desde esa realidad, tratando de paliar los efectos que está teniendo la supresión de la paga extra de Navidad para los empleados públicos y sobre el conjunto de la sociedad, IU creemos que esta situación puede y debe ser revertida por el Ayuntamiento de Samartín con una solución alternativa, en la cuenta de las nefastas consecuencias que tiene no solo para el colectivo de trabajadores directamente afectados, sinó para todo el concejo, la comarca y para toda  Asturias.  En tal sentido el Grupo Municipal de IU propone para su debate y posterior aprobación si procede el siguiente acuerdo:
ACUERDO

·         Adelantar al 3 de enero próximo y al 3 de julio el cobro de las pagas extraordinarias de los empleados públicos del Ayuntamiento entre 2013 y 2015, haciendo compatible el cumplimiento de la norma estatal, cuya obligatoriedad es conciliable con el diseño de un marco propio que permitirá minimizar el impacto real de una medida injusta como lo es la suspensión de la paga extra, con un anticipo a cuenta, cumpliendo escrupulosamente con la suspensión de la extra de diciembre considerada normativa básica para reducir el déficit, aminorando en la práctica las consecuencias que tiene la suspensión de la extra de diciembre aprobada por el Estado.

La doctrina del Tribunal Constitucional recoge que la congelación o la limitación de las retribuciones del personal del sector público dictaminadas por el Estado son medidas de ordenación de la actividad económica general amparadas en la Constitución.
Adelantar la paga extraordinaria de julio de 2013 al mes de enero de ese año para intentar reducir el efecto que tiene la supresión de la extra de Navidad de los empleados públicos está dentro de la legalidad y no perjudica a las arcas municipales ni a los vecinos de Samartín.  Beneficia a los empleados público y a la economía local en general.

  • Dar traslado del presente acuerdo a la Federación Asturiana de Concejos, solicitando que asuman los principios y espíritu de la Moción.

  • Dar traslado del presente acuerdo a los grupos parlamentarios de la Junta General instándoles a asumir los principios y espíritu de la Moción.




No hay comentarios:

Publicar un comentario